Con la entrada en vigor de los lineamientos fiscales para controles volumétricos en marzo de 2025, las empresas del sector energético, logístico e industrial deberán cumplir con una serie de requisitos técnicos y administrativos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Entre las obligaciones destacan la instalación de equipos y software autorizados conforme al Anexo 30, así como la obtención de certificados de funcionamiento que validen la operación de los sistemas de medición. Además, será obligatorio enviar reportes mensuales al SAT, en formatos digitales estandarizados.
En caso de fallas, las empresas deberán reportarlas en menos de 72 horas, incluyendo evidencia técnica y bitácoras de respaldo. También se exige la emisión de dictámenes de calidad conforme al Anexo 32, como parte del control técnico del producto medido.
Otro punto crítico es la comunicación de afectaciones a clientes y proveedores, especialmente cuando los volúmenes registrados puedan impactar en la cadena de suministro o en la facturación de productos regulados.
El cumplimiento integral de estos seis pasos será clave para evitar multas, auditorías y bloqueos operativos, en un entorno donde la trazabilidad y la fiscalización energética se han convertido en prioridades regulatorias.
¿Tu operación está preparada para cumplir con todos los requisitos?